Sólo cobramos si usted cobra. Nuestros honorarios serán una parte del resultado que obtenga del proceso judicial o extrajudicial que nos encomiende.
Abogados a porcentaje
¿A qué responde que nos consideremos “abogados a porcentaje”? Responde a la idea de que nosotros sólo vamos a cobrar si usted cobra o, dicho de otro modo, a la idea de que nuestros honorarios van a ser una parte del resultado que usted obtenga en el proceso que nos encargue, ya sea éste judicial o extrajudicial.
Eso sí, tendrá que dejarnos claro que pretende solicitar el uso de este servicio para que nuestro departamento de honorarios, haciendo gala de sus conocimientos económicos, pueda estudiar su caso de cara a determinar si es posible o no construir una defensa bajo este mecanismo.
Dicho esto, el servicio que ofrecemos podrá aplicarse al total de los honorarios o a una parte de éstos, en función de las circunstancias. ¿Qué circunstancias? Principalmente: la cuantía del proceso, su naturaleza y la duración estimada del mismo.
Por lo tanto, si de lo anterior se dedujese que nuestro despacho no puede gestionar su asunto únicamente aplicando el aludido servicio, será necesario que nos abone una provisión de fondos, debiendo, en tal caso, hacer frente a un porcentaje menor una vez haya finalizado el proceso.
También podría darse el caso de que no sea posible aplicar el porcentaje a su asunto, en cuyo caso le propondríamos un presupuesto cerrado y transparente con facilidades para el pago.
Asimismo, cabe decir que el porcentaje que obtengamos de cada asunto que llevemos va a depender fundamentalmente de la especificidad de dicho asunto, así como de la cuantía del mismo y la duración estimada del procedimiento.
En resumen, si necesita usted un abogado y no cree que deba abonar grandes cantidades de dinero antes de comprobar el éxito de las actuaciones, este es su despacho. No se lo piense y contacte con nosotros. Le asesoraremos como se merece y cerraremos junto con usted un presupuesto personalizado a porcentaje, excluyendo del mismo, claro está, los honorarios del resto de profesionales cuya concurrencia en el proceso fuera necesaria, tales como procuradores o peritos.
Recuerde: ¡únicamente nos abonará el porcentaje si antes ha cobrado!
Eso sí, tendrá que dejarnos claro que pretende solicitar el uso de este servicio para que nuestro departamento de honorarios, haciendo gala de sus conocimientos económicos, pueda estudiar su caso de cara a determinar si es posible o no construir una defensa bajo este mecanismo.
Dicho esto, el servicio que ofrecemos podrá aplicarse al total de los honorarios o a una parte de éstos, en función de las circunstancias. ¿Qué circunstancias? Principalmente: la cuantía del proceso, su naturaleza y la duración estimada del mismo.
Por lo tanto, si de lo anterior se dedujese que nuestro despacho no puede gestionar su asunto únicamente aplicando el aludido servicio, será necesario que nos abone una provisión de fondos, debiendo, en tal caso, hacer frente a un porcentaje menor una vez haya finalizado el proceso.
También podría darse el caso de que no sea posible aplicar el porcentaje a su asunto, en cuyo caso le propondríamos un presupuesto cerrado y transparente con facilidades para el pago.
Asimismo, cabe decir que el porcentaje que obtengamos de cada asunto que llevemos va a depender fundamentalmente de la especificidad de dicho asunto, así como de la cuantía del mismo y la duración estimada del procedimiento.
En resumen, si necesita usted un abogado y no cree que deba abonar grandes cantidades de dinero antes de comprobar el éxito de las actuaciones, este es su despacho. No se lo piense y contacte con nosotros. Le asesoraremos como se merece y cerraremos junto con usted un presupuesto personalizado a porcentaje, excluyendo del mismo, claro está, los honorarios del resto de profesionales cuya concurrencia en el proceso fuera necesaria, tales como procuradores o peritos.
Recuerde: ¡únicamente nos abonará el porcentaje si antes ha cobrado!