91 590 10 10

Abogados expertos en Derecho Civil

Abogados expertos en Derecho Civil
La persona es el sujeto del DERECHO, en una relación jurídica los sujetos siempre son personas, estas nunca podrán ser objetos del derecho. Los objetos del derecho son las cosas. La persona también es sujeto de derechos.
La persona es algo más que esto, la Constitución nos dice en el artículo 10: la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamentos del orden político y de la paz social.
La dignidad significa <>, el ser humano, por el mero hecho de serlo merece respeto.
La igualdad, dice el artículo 14 de la Constitución Española, los españoles son iguales ante la ley sin que pueda caber discriminación alguna.

CONDICIÓN JURÍDICA DE PERSONA.

Ser persona es una condición jurídica que se reconoce y/o se otorga por el ordenamiento jurídico, a través de lo que se conoce como personalidad jurídica (cualidad de ser persona para el derecho). Si no tuviésemos personalidad jurídica no podríamos decir que fuésemos personas. Hay un fenómeno jurídico que se llama personificación, que es cuando el ordenamiento jurídico no reconoce, sino que otorga la cualidad de persona.

CLASES DE PERSONA.

-Persona física: es el ser humano. Sí tiene personalidad jurídica porque al ser humano se le reconoce personalidad jurídica.
-Persona jurídica: es el ente distinto al ser humano a la que el derecho le otorga personalidad jurídica. Puede ser una asociación, un conjunto de bienes (fundación=conjunto de bienes que se destinan a un fin). Estas también tienen personalidad jurídica.
Tener personalidad jurídica significa la aptitud para ser titular de derechos y deberes.

CAPACIDAD.

Se habla de dos tipos de capacidad:
-Capacidad jurídica: al tener personalidad jurídica se entiende que la persona tiene capacidad jurídica. Capacidad jurídica es la aptitud para ser titular de derechos y deberes. La capacidad jurídica no es graduable, se tiene o no se tiene, y toda persona la tiene.
-Capacidad de obrar: es capacidad de actuar, de ejercer los derechos. La capacidad de obrar es la aptitud para ejercitar derechos y deberes, esto es distinto de ser titular. La capacidad de obrar sí es graduable, se puede tener capacidad de obrar plena o restringida.
Un bebé de meses tendrá capacidad jurídica pero no capacidad de obrar. En cambio, un adulto tiene ambas capacidades.
Copyright © 2017 Abogados a Porcentaje Madrid | BUFETE VELÁZQUEZ

Abogados · Abogados a porcentaje · Abogados Porcentaje 1 · Abogados Porcentaje 2 · Abogados Porcentaje 3 · Abogados Porcentaje 4 · Abogados Porcentaje 5 · Abogados Porcentaje 6 · Abuso del derecho · Accidentes tráfico · Alcohol · Asociaciones · Asuntos Exteriores · Burocracia · Capacidad jurídica · Cláusulas abusivas · Claúsulas suelo · Cláusulas suelo · Cobro de deudas · Código Civil Francés · Código Penal · Comunidad Autónoma · Conducir sin carnet · Conductores profesionales · Constitución Española · Consulta online · Consultas · Contacto · Convenio Regulador · Corpus Iuris Civilis · Daños · Derecho civi · Derecho imperativo · Derecho Penal · Derecho público · Derecho romano · Despacho de abogados · Despidos · Deudores · Devolución cláusulas · Devolución plusvalía municipal en la ciudad de Madrid · Devolución plusvalía municipal en Madrid · Devolución plusvalía municipal madrid · Divorcio ante notario · Edad moderna · Errores de diagnóstico · Errores médicos · Estatutos · Herencias · Hipoteca · Homicidio · Honorarios a porcentaje · Impagados · Impago de nóminas · Indemnizaciones · Indemnizaciones laborales · Indemnizaciones sin coste inicial · Lesiones · Localización · Madrd · Madrid · Medidas judiciales · Ministerio Fiscal · Multas de tráfico · Negligencias médicas · Negligencias salud privada · Negligencias salud pública · Orden de alejamiento · Parte médico · Persona jurídica · Petición cita · Plusvalía Municipal · Plusvalía Municipal en Madrid · Préstamo hipotecario · Presupuestos personalizados · Propiedad privada · Reclamación cláusulas suelo · Reclamación deudas · Reclamación plusvalía · Reclamaciones hereditarias · Reclamar cantidad · Reparto de herencia · Sanciones · Terminología · Testamentos · Valoración médica · Violencia ·
Safe Creative #1702140262650

AVISO LEGAL · LSSI · POLÍTICA DE COOKIES · POLÍTICA DE PRIVACIDAD


Este sitio emplea cookies como ayuda para prestar servicios. Al utilizar este sitio, estás aceptando el uso de cookies. OK Más información