La persona es algo más que esto, la Constitución nos dice en el artículo 10: la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamentos del orden político y de la paz social.
La dignidad significa <
La igualdad, dice el artículo 14 de la Constitución Española, los españoles son iguales ante la ley sin que pueda caber discriminación alguna.
CONDICIÓN JURÍDICA DE PERSONA.
Ser persona es una condición jurídica que se reconoce y/o se otorga por el ordenamiento jurídico, a través de lo que se conoce como personalidad jurídica (cualidad de ser persona para el derecho). Si no tuviésemos personalidad jurídica no podríamos decir que fuésemos personas. Hay un fenómeno jurídico que se llama personificación, que es cuando el ordenamiento jurídico no reconoce, sino que otorga la cualidad de persona.
CLASES DE PERSONA.
-Persona física: es el ser humano. Sí tiene personalidad jurídica porque al ser humano se le reconoce personalidad jurídica.
-Persona jurídica: es el ente distinto al ser humano a la que el derecho le otorga personalidad jurídica. Puede ser una asociación, un conjunto de bienes (fundación=conjunto de bienes que se destinan a un fin). Estas también tienen personalidad jurídica.
Tener personalidad jurídica significa la aptitud para ser titular de derechos y deberes.
CAPACIDAD.
Se habla de dos tipos de capacidad:
-Capacidad jurídica: al tener personalidad jurídica se entiende que la persona tiene capacidad jurídica. Capacidad jurídica es la aptitud para ser titular de derechos y deberes. La capacidad jurídica no es graduable, se tiene o no se tiene, y toda persona la tiene.
-Capacidad de obrar: es capacidad de actuar, de ejercer los derechos. La capacidad de obrar es la aptitud para ejercitar derechos y deberes, esto es distinto de ser titular. La capacidad de obrar sí es graduable, se puede tener capacidad de obrar plena o restringida.
Un bebé de meses tendrá capacidad jurídica pero no capacidad de obrar. En cambio, un adulto tiene ambas capacidades.