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¿Necesita un abogado laborista en su despido improcecente?. Madrid.
Si está intentando hallar un letrado para que le asista en cuanto a alguna circunstancia legal, desde nuestro equipo de MADRID podemos asistirle. A continuación le damos a conocer las áreas más relevantes en las que trabajamos, por lo que puede continuar con la lectura del texto si lo desea.

En primer lugar atendemos diversos asuntos relacionados con la rama Civil del Derecho. Se trata de un área legal cuyo contenido es muy versátil, tramitación o cambio de Convenios Reguladores, procesos de tutela y protección, supresiones matrimoniales, resulten no amistosas o de mutuo acuerdo, custodia de hijos menores, etc. Por otra parte el Derecho Civil también integra lo relacionado a contratos civiles, así como temas acerca de derechos inmobiliarios.

También nos hallamos capacitados para asesorarle acerca de asuntos del ámbito laboral. Las solicitudes más comunes en estos casos integran la representación frente despidos improcedentes o cambio de las condiciones de la contratación. Resultará preciso realizar reclamación de Además también seremos capaces de resolver las inquietudes que tenga en el aspecto del trabajo. En estos casos es preciso acudir a la ley referencial, el Estatuto de los Trabajadores. Las solicitudes se propician de modo habitual por despidos injustos o por pagos no obtenidos, aunque se dan diferentes circunstancias, visicitudes en tal sector, modificaciones relevantes de las especificaciones de trabajo), permisos de paternidad, por maternidad, etc.

Del mismo modo estamos cualificados para dotarle de consejos en cualquier tema vinculado con el Derecho Penal. El Código Penal es el que regula los actos delictivos y las penas impuestas, acciones delictivas, tal y como acciones de delitos de hurto y robo, agresiones, delitos contra la salud de carácter público, delitos contra el honor, etc.

Recordamos que el Código Penal tuvo una modificación en 2015, lo cual significó cambios de mucha importancia como la supresión de las faltas, entre otros.Aparte de los sectores a los que hemos hecho referencia asimismo le podemos ayudar respecto a variadas circunstancias que nos solicite.
Sólo es necesario que se ponga en contacto con nuestro equipo, bien sea mediante el teléfono o sirviéndose de la web. Cuando nos citemos previamente y poseamos toda la información relativa a su circunstancia, estaremos capacitados para plantear una estrategia y proporcionarle las más adecuadas alternativas.

Contamos con gran cualificación en lo relativo a la solución de todo tipo de situaciones jurídicas, reconocida por nuestros clientes.
DESPIDO: CÓMO AFRONTARLO. ABOGADO EN MADRID
Ser despedido no es una situación fácil ni agradable para quien lo sufre. Lamentablemente con la crisis es frecuente encontrarnos con despidos que no cumplen las garantías legales. Ante una situación así tenemos que tener en cuenta una serie de factores, como los que le explicamos a continuación.

Exigir la Carta de despido
El fin de una relación laboral debe constar siempre por escrito: no es válido un despido hecho por teléfono o por whatsapp, como ya han dejado claro los Tribunales. A la Carta de despido se le debe acompañar una propuesta de finiquito.

Indicar la expresión No conforme
Al anterior documento deberemos añadirle que no estamos conformes con el despido. En caso de dudas es recomendable que también hagamos esto, ya que de este modo conservaríamos el derecho a presentar una demanda -cosa que no sucede si indicamos que estamos conformes-. También recomendamos escribir la fecha en que nos entregan la Carta. Es normal estar nervioso en estos momentos, pero debemos hacer un esfuerzo para comprobar que la documentación que nos entrega cumpla estas indicaciones.

Vigilar el plazo
Si desea reclamar su despido debe saber que existe un plazo de 20 días hábiles para ello. Los días hábiles son todos menos los fines de semana y festivos. Es muy importante conocer este dato porque si no actuamos dentro del plazo perderíamos el derecho a reclamar.

La Papeleta de Conciliación
El primer paso cuando se quiere reclamar es presentar una Papeleta de Conciliación ante el servicio de Mediación autonómico que nos corresponda. No es obligatorio llevar abogado pero sí es lo más recomendable. También queremos recordarle que tras ser despedido tiene derecho a solicitar el paro, no siendo necesario esperar hasta que se resuelva la reclamación.

Para más información le aconsejamos que contacte con nuestro Despacho de Madrid pidiendo cita previa. Una vez que tengamos todos los datos de su caso lo podremos analizar y orientarle durante el resto del proceso.
FIN DE LA RELACIÓN LABORAL: EL PREAVISO
Cuando una persona termina su relación laboral con la empresa para la que prestaba servicios es normal que surjan dudas legales. Tanto si la extinción se ha producido por un despido como si es por voluntad propia, suele haber algunas dudas que el trabajador necesita resolver. En concreto aquí nos centraremos en el preaviso.

El preaviso genérico que señala el Estatuto de los Trabajadores es de 15 días. Sin embargo, puede haber casos donde el preaviso sean mayor -por ejemplo 30 días-, por lo que siempre es conveniente revisar el Convenio Colectivo para estar seguros de que lo cumplimos. En caso de no hacerlo la empresa tendrá derecho a descontarnos los días que no hemos cumplido, en el tiempo que reste hasta completar el citado plazo de 15 días.

Pero por otra parte hay que saber que las empresas también tienen la obligación de avisar anticipadamente al trabajador que van a despedir. En los despidos objetivos están obligadas a dar un preaviso, también con 15 días de antelación. Si no lo hacen se podría considerar que el despido no ha cumplido con la forma prevista, lo cual daría derecho a reclamarlo.
En los despidos colectivos siempre debe haber un periodo previo de consultas con los representantes de los trabajadores. Una vez terminado este periodo, también debe cumplir el preaviso que acabamos de señalar. El único despido para el cual no existe obligación de preavisar es el despido disciplinario, el cual se recoge en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores.

Si necesita más información no dude en contactar con nosotros. Desde nuestro Despacho en Madrid atenderemos todas sus dudas, sea sobre este u otros temas. Nuestro Gabinete está formado por profesionales altamente cualificados en el ámbito jurídico, que cuentan con amplia experiencia en el sector.
Puede pedir una cita con nosotros por teléfono o a través de nuestra web.
 
¿Le han despedido de su empresa sin las garantías adecuadas? ¿Quiere saber si tiene derecho a indemnización? ¿Pretende reclamar su cuantía?

Lo primero de todo es que sepa que nuestro equipo de abogados estará encantado de orientarle y asistirle en todos aquellos conflictos que pueda tener con su empresa, siendo uno de nuestros principales objetivos que reciba usted un trato cercano y una adecuada protección laboral.

En Bufete Velázquez contamos además con amplia experiencia en la gestión de nóminas, por lo que seremos capaces de controlar si se han producido o no irregularidades en relación al pago de impuestos, las relaciones con la Seguridad Social, o la cuantía de dichas nóminas en virtud de lo contratado.

Pero, ¿y si ha cobrado menos de lo que le correspondía? ¿y si tiene derecho a una indemnización por su despido que no ha recibido? En este tipo de supuestos debe mantener la calma porque nuestros abogados son conocedores de toda la normativa que regula las vicisitudes de dichos supuestos, de manera que serán capaces de encontrar la solución que mejor le convenga. Esto será así tanto si se trata de un despido objetivo, un despido disciplinario o un despido improcedente, así como si se trata del impago de nóminas o de irregularidades en las mismas.

Por último, le recordamos que como mínimo un gran porcentaje de nuestros honorarios no lo recibiremos hasta que cobre lo que le corresponde (sujeto a condiciones de viabilidad, cuantía mínima y tipo de proceso).
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